Se suspende provisionalmente el Reglamento de adjudicación de bienes inmuebles no municipales de Chichicastenango

El día de ayer la Asociación de Abogados y Notarios Mayas de Guatemala a través de su Junta Directiva, Lcda. Miriam Roquel, Lic. Amilcar Pop y Lic. Juan Gabriel Ixcamparij, hizo entrega de una resolución de la Corte de Constitucionalidad a la Municipalidad Indígena de Chichicastenango -Mich-, donde se suspende provisionalmente el artículo 1 del «REGLAMENTO DE ADJUDICACIÓN DE BIENES INMUEBLES NO MUNICIPALES, DEL MUNICIPIO DE SANTO TOMÁS CHICHICASTENANGO, DEPARTAMENTO DE QUICHE», emitida por el Concejo Municipal de la Municipalidad de Santo Tomás Chichicastenango, aprobada en acta número 15-2022 y publicado en el Diario Oficial.
 
La acción de Inconstitucionalidad General Parcial contra el reglamento fue presentada el 13 de diciembre del 2022 y denuncia actos ilegales en que incurre la Municipalidad de Santo Tomás Chichicastenango al emitir y poner en vigencia un “Reglamento” que regule la forma de tenencia y sistema de propiedad de los pueblos indígenas protegidos por la propia Constitución».
Con esta normativa La Municipalidad de Chichicastenango impone una regulación a una FINCA propiedad del “PUEBLO” de Santo Tomás Chichicastenango, lo cual en su dimensión significativa, NO ES PROPIEDAD de la Municipalidad, porque no es propiedad del Municipio, sino es propiedad del la Comunidad Indígena que ha vivido en esa área por generaciones y ha estado siendo administrada por su Autoridad histórica, a través de la Alcaldía Indígena.
 
Esta suspensión provisional del reglamento fue publicado el día de hoy 27 de enero en el Diario de Centroamérica.
 
La Asociación de Abogados Mayas se comprometió a seguir trabajando en la defensa de los derechos colectivos del pueblo indígena de Chichicastenango.
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