Litigio malicioso de TELGUA retrasa recuperación de terreno de la Municipalidad Indígena de Chichicastenango

 

La Municipalidad Indígena de Santo Tomás Chichicastenango, Quiché, dio a conocer este miércoles 22 de mayo la situación actual del proceso de recuperación de su territorio conocido como Tanque Público, en reivindicación de los derechos de los pueblos indígenas de Guatemala y que actualmente ocupa la empresa TELGUA S.A.

Ancestralmente el pueblo de Chichicastenango, Quiché, ha sido legítimo dueño legal del terreno llamado Tanque Público, pues el 14 de diciembre de 1905, se registró tal derecho en el  Segundo Registro de la Propiedad de Quetzaltenango,  quedando en la Primera Inscripción de Dominio a favor de la Municipalidad Indígena de Santo Tomás Chichicastenango, Quiché, registrado como Finca 4093, Folio 281, Libro 23 departamento de Quiché.

El 13 de febrero de 1973. La Municipalidad Oficial y la Empresa Guatel, celebran donación pura y simple de derecho de posesión, aduciendo que  el terreno no tenía inscripción registral. El 15 de diciembre de 1975. Habiendo sido imposible titular supletoriamente el inmueble, la Municipalidad oficial y la empresa Guatel, cambian de donación pura y simple a contrato de Compraventa por 4 mil quetzales, pretendiendo confundir y simular que la Municipalidad Oficial es la misma que la Municipalidad Indígena de Santo Tomás Chichicastenango, nada más falso, porque son dos entidades diferentes.  Después de varios intentos de despojo, inscriben la Segunda Inscripción de Dominio sobre la finca propiedad de la Municipalidad Indígena de Chichicastenango.

El 28 de agosto de 1997,  La empresa Guatel y Telgua S.A, celebran Contrato de Aportación con inclusión de Derechos Imperfectos, con precio de Ochocientos cuarenta y un mil seiscientos setenta y un quetzales y en 1998 logran fraudulentamente inscribir Tercera Inscripción de Dominio.

El 4 de marzo de 2010,  la Municipalidad indígena,  gana  una Acción Constitucional de Amparo que interpuso contra los mencionados actos anómalos y  la  sentencia de la Corte de Constitucionalidad  reconoce: a) Que los Pueblos y Autoridades Indígenas como sujetos de Derecho, b) la existencia milenaria de las Autoridades Indígenas, c) Derecho colectivo de los Pueblos Indígenas sobre sus tierras y territorios, y, d) que se usaron mecanismos fraudulentos para inscribir la segunda y tercera inscripción de dominio sobre la misma finca, y las mismas quedan suspendidas  desde esa fecha.

 

Litigio malicioso de TELGUA retrasa recuperación de territorio de la Municipalidad Indígena de Chichicastenango

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En Mayo de 2013.  La Empresa Telgua S.A inició Juicios de Daños y Perjuicios, contra la Autoridad Indígena, reclamando Q19 millones de quetzales, trece millones por perjuicios (ganancias no percibidas por diez meses) y seis millones por daños a equipo.  El 8 de septiembre de 2017. El Juez de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del departamento de Quiché, declaró sin lugar dicha demanda, debido a que  la empresa no probó que se haya causado daño de parte de las Autoridades Indígenas en consecuencia no había responsabilidad por perjuicios. El  16 de noviembre de  2017, La Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones de Quiché, confirmó la sentencia de primera instancia, al declarar sin lugar el recurso de apelación de la empresa Telgua SA. El  7 de junio de 2018. La Cámara Civil de la Corte Suprema de Justicia, declaró SIN LUGAR el  RECURSO DE CASACIÓN promovido por Telgua SA y la sentencia  quedó firme  el doce de abril de dos mil diecinueve, al declarar sin lugar Recurso de Aclaración interpuesto por la empresa Telgua SA.

Mayo 2013.  Las Autoridades Ancestrales de la Municipalidad Indígena de Santo Tomás Chichicastenango, Quiché, presentan demanda contra TELGUA S.A, para REIVINDICAR UNA FRACCIÓN DEL TERRENO LLAMADO TANQUE PÚBLICO, cuya Primera Inscripción de Dominio es a favor de la MICH, desde 14 de diciembre 1905. Este proceso ha sido objeto de litigio malicioso de parte de la empresa Telgua SA, usando e interponiendo recursos no idóneos y anti-técnicos, inclusive Amparos frívolos e improcedentes contra cada resolución del Juzgado y Sala de Apelaciones, jurisdiccionales.

14 de agosto de 2018 El Amparo No. 1127-2017. Oficial 7º. Promovido por la empresa Telgua SA, la Cámara de Amparo y Antejuicio de la Corte Suprema de Justicia, denegó dicha acción constitucional; pero llama seriamente la atención que la Corte de Constitucionalidad, en sentencia del 11 de febrero de 2019 revocó dicha sentencia y declara con lugar la acción constitucional de Amparo promovido por la empresa Telgua SA, que deviene injusta aparte de que se extralimita en su análisis, pues analiza el auto final del juez jurisdiccional y la sentencia de apelación dictada por la Sala de Apelaciones de Quiché y no la que emitió la CSJ, contra la que se interpuso Recurso de Apelación y ordena a la Sala de Apelaciones de Quiché, que emita nueva resolución conforme lo ordenada por la Corte Constitucional.

El Acto Reclamado: es la  resolución de la Sala de Apelaciones de fecha 18 de abril 2018, por medio del cual confirma la resolución del Juez de Primera Instancia Civil y Económico Coactivo del Quiché, de fecha 21 de febrero de 2017, en el que denegó impugnación de documento consistente en Título Supletorio a nombre de la Municipalidad Indígena de Chichicastenango, Quiché, que sirvió de respaldo documental para inscribir la Finca Tanque Público, a favor de la misma y quedó registrado como Finca 4093, folio 281, libro 23 departamento de Quiché.

La conferencia de prensa    

 

Las autoridades indígenas demandaron al Organismo Judicial y Corte de Constitucionalidad, administrar justicia pronta y cumplida, con independencia e imparcialidad. También invitaron a la población en general y especialmente a los Pueblos Indígenas, a solidarizarse en la defensa de los bienes comunales y que toda acción sea en el marco de las leyes vigentes en el país, así como los Convenios y Tratados Internacionales en materia de Derechos Colectivos de los pueblos Indígenas, aceptados y ratificados por el Estado.

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