La acción constitucional de amparo es contra el señor Registrador del Segundo Registro de la Propiedad, quien en 1896 y 1898 realizó operaciones registrales en forma anómala sobre propiedades ancestrales de las comunidades. También accionaron en contra de todas las demás operaciones registrales derivadas de la misma que dieron origen a otras inscripciones de dominio.
Las acciones anómalas se efectuaron de las fincas número 1758, folio 228 del libro 9 y de la finca número 2368, folio 178 del libro 12 del departamento de El Quiché.
Las comunidades tienen Derecho Histórico y Ancestral de Propiedad sobre la Tierra y Territorio desde antes de estas inscripciones anómalas, por lo que solicitaron su derecho legal sobre sus tierras.
La Asociación de Abogados Mayas y Puente de Paz, acompañan a las comunidades en sus luchas jurídica para la recuperación legal de sus tierras ancestrales.

